AMBIENTES DE TRABAJO SEGUROS
El Depto. de Salud Ocupacional e Higiene Ambiental, es el encargado de identificar, evaluar, gestionar y controlar estos riesgos, promoviendo espacios de trabajo seguro, a través de sus distintos programas de higiene ambiental Los ambientes de trabajo pueden resultar nocivos para la salud física, psicológica y social de los trabajadores, debido a la existencia de riesgos inherentes a distintas a las labores que se desempeñan en el hospital Félix Bulnes.
IDENTIFICACIÓN
DE RIESGOS
Durante el desarrollo de sus labores, todos los funcionarios/as del Hospital Clínico Félix Bulnes, independiente de su relación contractual, a través, de empresas externas prestadoras de servicios, honorarios, compras de servicios y/o empresas concesionadas, se encuentran expuestos a riesgos de carácter físico, químico, biológico, ergonómico y psicosocial.
Uno de los principales objetivos del Depto. de Salud Ocupacional, es desarrollar el Programa de Salud Ocupacional, que identifica estos agentes de riesgos, determina el personal ocupacionalmente expuesto, gestiona las medidas de control y prevención, los elementos de protección personal y define la vigilancia epidemiológica laboral.
Resumen de los riesgos de exposición:
CLASIFICACIÓN DE
RIESGOS
TIPO DE AGENTE
Riesgos Biológicos
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Hepatitis B HPB
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VIH
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TBC
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Influenza
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COVID-19
Riesgos Físicos
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Radiaciones Ionizantes
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Ruido
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Agentes Neumoconeogenos (polvo total y Sílice)
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Estrés térmico (frío/calor)
Riesgos Químicos
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Ergonométricos TMERT
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Radiación UV
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Citostáticos
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Gases de formaldehido
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Gases de esterilización (Ortoftaldehido OPA)
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Solventes (xileno, tolueno, acetonas, alcohol etílico, otros...)
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Gases anestésicos sevofluorano
Riesgos Psicosociales
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Estrés
Evaluación de riesgos:
Corresponde a la vigilancia epidemiológica Ocupacional, actividad sistemática y permanente de recolección, análisis e interpretación de la información de interés sanitario que permite describir, medir y evaluar un problema de Salud laboral, a través de:
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Personal expuesto: Incluye a los funcionarios de todos los estamentos expuestos a los diferentes tipos de riegos, la determinación de la exposición de los funcionarios, será fundamentada en la evaluación cualitativa y cuantitativa de los riesgos
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Vigilancia Ambiental: Referente a la cuantificación de los agentes de riesgo presentes en los lugares de trabajo, en la cual se mide la intensidad y/o concentración de estos, según los limites permisibles ponderados, temporales u absolutos, según indique la normativa legal vigente.
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Vigilancia de Salud: Referente a la realización de exámenes de salud que permitan obtener información sobre el ingreso, presencia y efecto de agentes nocivos.
Medidas de control:
D.S N°40 Art. 21 “Los empleadores tienen la obligación de informar oportuna y convenientemente a todos sus trabajadores acerca de los riesgos que entrañan sus labores, de las medidas preventivas y de los métodos de trabajo correctos. Los riesgos son los inherentes a la actividad de cada empresa.
Especialmente deben informar a los trabajadores acerca de los elementos, productos y sustancias que deban utilizar en los procesos de producción o en su trabajo, sobre la identificación de los mismos (fórmula, sinónimos, aspecto y olor), sobre los límites de exposición permisibles de esos productos, acerca de los peligros para la salud y sobre las medidas de control y de prevención que deben adoptar para evitar tales riesgos.”
Las medidas de control son tan variadas como los riesgos a los que nos encontramos expuestos. Es por esto que generar una cultura de autocuidado, para promover ambientes de trabajo seguros y saludables se transforma en uno de los ejes principales de nuestro trabajo.
El programa de vigilancia epidemiológica ocupacional, los riesgos y sus medidas de control se encuentran descritos en el Programa de Salud Laboral, debido a esto requerimos una constante socialización y capacitación, actividad que desarrollamos en conjunto con otros Deptos. y unidades del Hospital.
Además de esto, contamos con la colaboración de equipos internos como el Comité Paritario de Higiene y Seguridad, el Comité de ISTAS 21, más asesores externos pertenecientes a nuestra mutualidad (Mutual de Seguridad):
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Comité Paritario de Higiene y Seguridad: Comisión técnica bipartita, conformada por representantes de la Dirección del Hospital y de los trabajadores. Encargados de promover ambientes de trabajo seguros, investigar accidentes, realizar inspecciones de seguridad, identificar riesgos y necesidades de elementos de protección personal y generar espacios de capacitación.
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Comité ISTAS 21: Comisión técnica bipartita conformada por representantes de la Dirección del Hospital y de los trabajadores. Encargados de desarrollar el programa de riesgos psicosociales, a través, de la aplicación de la encuesta ISTAS 21.
LEY 16.744
ACCIDENTES Y ENFERMEDADES PROFESIONALES
En el hospital Félix Bulnes, quién administra el seguro obligatorio de accidentes y enfermedades profesional es Mutual de Seguridad, conforme a la Ley N° 16.744. Los funcionarios(as)del hospital cuentan con programas integrales en prevención de riesgos que permiten proteger la integridad física y salud de los trabajadores.
Es importante señalar que el Seguro Social contra accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, corre por cuenta del empleador NO del trabajador.
Los trabajadores reciben en forma gratuita los beneficios estipulados en la Ley; Prestaciones médicas y económicas en el caso de sufrir un accidente del trabajo, o una enfermedad profesional, este último debe ser calificada como un siniestro laboral.
Prestaciones otorgadas por Mutual de Seguridad
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Atención médica de urgencia.
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Entrega de medicamentos.
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Utilización de pabellones quirúrgicos.
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Hospitalización, si es necesaria.
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Rehabilitación física.
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Reeducación laboral.
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Entrega de prótesis, órtesis y reposición.
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Utilización de scanner, rayos X y resonancia magnética.
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Transporte del paciente (si las lesiones lo requieren).

Accidente del Trabajo: Toda lesión que un funcionario/a sufra a causa o con ocasión de su trabajo, y que le produzca incapacidad o muerte. Dicha incapacidad puede ser temporal o permanente (art. 5º, Ley Nº16.744)
Enfermedad Profesional: Es aquella enfermedad causada de una manera directa por el ejercicio de la profesión o por el trabajo que realice una persona y que le produzca incapacidad o muerte. (Art. 7. Ley Nº16.744).
Accidente de Trayecto: Son aquellos accidentes ocurridos al funcionario/a en el trayecto directo, de ida o regreso, entre la habitación y lugar de trabajo. Asimismo, lo son aquellos que ocurren en el trayecto directo entre dos lugares de trabajo de distintos empleadores (art. 5º, Ley Nº16.744).




¿QUÉ HACER FRENTE A UN ACCIDENTE LABORAL O DE TRAYECTO?
Haz click en el enlace https://youtu.be/PYdnegY_yEI?si=Ig2sel8GHl2OqxKy
¿QUÉ DOCUMENTOS DEBO PRESENTAR?
Accidentes del trabajo
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Cédula de Identidad
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Denuncia Individual de Accidente del Trabajo (DIAT) (es generada en: Horario hábil e inhábil por la Jefatura directa, además será el responsable de notificar Inmediatamente al Dpto. de Salud Ocupacional e Higiene Ambiental a través de e-mail: saludocupacional.hfb@redsalud.gob.cl
Accidentes de trayecto
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Cédula de Identidad
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Denuncia Individual de Accidente del Trabajo (DIAT) (proceder al igual que accidente de trabajo).
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Algún medio probatorio del accidente (parte de carabineros, testigos visuales del accidente, certificado de primera atención en algún centro de salud.
Sospecha de enfermedad profesional
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Cédula de Identidad
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DIEP (es generada por Médico tratante sea particular o Medico de Personal del Hospital, Dpto. de Salud Ocupacional e Higiene Ambiental o Comité Paritario de Higiene y Seguridad). Importante “todos los casos siempre deben ser notificados al Dpto. de Salud Ocupacional e Higiene Ambiental en un plazo no superior a 24 horas”.
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Exámenes y/o Diagnóstico Médico solo en caso de existir.

¡RECUERDA!

Agencia de Mutual:
Av. Libertador Bernardo O´Higgins 4848, Estación Central, Metro Ecuador, Línea 1 (horario de atención 24 horas, de lunes a domingo).
Fono ambulancia:
1407 desde celulares o 9 1407 desde cualquier teléfono del Hospital (anexos)
¿Cómo proceder si mi calidad es Honorarios o Compras de Servicio?
Los funcionarios/as con calidad contractual externa como compras de servicios. Honorarios, convenios, otros. Deben seguir las mismas medidas de prevención, primeros auxilios y notificación que se señalan. Sin embargo, la derivación a atención de urgencia, será a través, del prestador de salud que le corresponda.
En caso de no encontrarse adherido a ninguna Mutualidad, o ser este su primer contrato bajo las modalidades antes señaladas, se informa:
Todos los funcionarios/as que cotizan a través de la Operación Renta, tienen cobertura del Seguro de Accidentes del Trabajo, de trayecto y/o enfermedad laboral, al amparo de la Ley 16.744. El derecho a protección comenzó el 1 de julio de 2019, renovándose anualmente en cada Operación Renta.
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Seguro de Invalidez y supervivencia (SIS).
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Seguro de Accidentes Laborales y Enfermedades profesionales (ATEP).
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SANNA (Ley N.º 21.063).
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Salud. (Fonasa o Isapre).
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AFP. (Próvida, Modelo, Habitad, etc.)
Consulta aquí a qué Mutualidad perteneces

¡Conoce más de Salud Ocupacional e Higiene Ambiental!